Fideicomisos Públicos y Privados

 

 

Fideicomisos Públicos y Privados

Dentro de los trabajos realizados en el área fiduciaria se han diseñado estructuras para garantía de deuda bancaria y también para la administración de contratos de inversión. Se han estructurado fideicomisos con recursos públicos para diversos programas federales y estatales. 

Hemos diseñado los siguientes fideicomisos:

• Estructuración de fideicomisos patrimoniales familiares para temas sucesorios o para la administración patrimonial, entre los cuales destacan fideicomisos de fondos familiares, fideicomisos inmobiliarios y fideicomisos de control accionario.

• Estructuración de fideicomisos de administración inmobiliaria, fideicomiso para desarrollo de proyectos inmobiliarios incluidos en éste la administración de fondos posteriores a la puesta en marcha.

• Estructuración de fideicomisos de control accionario.

El fideicomiso es un contrato mediante el cual una persona (física o moral) transfiere la propiedad de bienes a una institución fiduciaria, para que con ellos se realicen fines lícitos que la propia persona señala en el contrato respectivo, en su propio beneficio o en favor de terceros. Las partes del fideicomiso son:

FIDEICOMITENTE: Persona o empresa que aporta la propiedad de bienes o derechos al fideicomiso.

FIDUCIARIO: La Institución de Crédito que administra los bienes.

FIDEICOMISARIO: Persona que recibe el beneficio de los bienes por la realización de los fines pactados. (puede ser el propio Fideicomitente)

Ventajas del fideicomiso:

·      Se eliminan gastos del orden legal por tramitación de dicha sucesión.

·      Se evita el congelamiento de la inversión o de decisiones corporativas ya que se eliminan problemas sucesorios tales como qué la inversión quede sujeta a un sucesión legitima o testamentaria por parte de la institución mientras se resuelve la sucesión en el juzgado.

·      Resuelve el problema de quien será el ejecutor de la última voluntad del fideicomitente.

·      Cumplimiento exacto de los deseos del fideicomitente.

·      Seguridad y confianza al encomendar la administración y/o distribución de los bienes entre los fideicomisarios a una institución bancaria de reconocida solvencia.

·      Imparcialidad de parte del fiduciario, ya que no existen compromisos sentimentales, familiares o intereses con los fideicomisarios.

·         Evita que debido a la falta de experiencia, negligencia, deshonestidad  o mala fe, que en ocasiones tienen algunos albaceas o ejecutores testamentarios se cause perjuicio a los intereses de los beneficiarios.

·         Permanencia del fiduciario, ya que como persona jurídica no existe la posibilidad que se da con los albaceas de que fallezcan antes de cumplir su encargo.

·         Evita conflictos entre herederos que generalmente se dan, en la adjudicación de bienes por herencia.

·         Confidencialidad, ya que la fiduciaria está obligada a guardar el secreto fiduciario.

·         El fideicomitente establece los términos, condiciones y porcentajes en que  se entregaran los bienes a los fideicomisarios.

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